CAPÍTULO 6

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Tal como ocurre con el resto de este manual, esta lista de control NO reemplaza la lectura de las Normas del Procedimiento de Apelaciones de la Florida ni TAMPOCO sustituye el hecho de visitar el sitio web de cada tribunal, en www.flcourts.org, para aprender acerca de los requisitos internos de ese tribunal en particular.

Revisión de las Normas del Procedimiento de Apelaciones de la Florida y Leyes aplicables de la Florida.

___ La parte en apelación revisa las Normas del Procedimiento de Apelaciones de la Florida (Florida Rules of Appellate Procedure, “FRAP”), que se pueden obtener en una biblioteca pública, biblioteca jurídica o el sitio web del Colegio de Abogados de la Florida, en http://www.floridabar.org/tfb/TFBLegalRes.nsf/. El apelante necesita tener Adobe Acrobat en su computadora para poder ver estas normas.
___ La parte interviniente en una apelación también analiza otras normas, leyes o jurisprudencia que pudieran aplicarse en la causa.
___ La parte interviniente en la apelación también puede analizar procedimientos y requisitos específicos del tribunal determinado donde se interpone la apelación (que puede consultar en el sitio web del tribunal o en la oficina del actuario del tribunal).

Límite de páginas para todos los escritos (FRAP 9.210(a)(5))

___ 1. La extensión del escrito inicial del apelante no puede superar 50 páginas.
___ 2. La extensión del escrito de respuesta del apelado no puede superar 50 páginas.
___ 3. La extensión del escrito de contestación del apelante no puede superar 15 páginas.

Tamaño del papel y encuadernación para todos los escritos [FRAP 9.210(a)(1) y (3)]

___ 1. Tamaño estándar de papel 8½” x 11″, blanco, opaco y sin lustre.
___ 2. Los escritos presentados en papel no deben estar engrapados ni encuadernados (excepto por clip o banda elástica).

Formato para todos los escritos [FRAP 9.210(a)(2)]

___ 1. Margen de una pulgada en todos los lados (es posible que los tribunales midan los márgenes).
___ 2. Los escritos mecanografiados tienen que hacerse a doble espacio.
___ 3. Se imprime solo un lado de la hoja.
___ 4. El tipo y tamaño de la letra tienen que ser Times New Roman de 14 puntos o Courier New de 12 puntos.
___ 5. Si el escrito se tipea en una computadora, tiene que certificar que cumple los requisitos de tipo y tamaño de letra. La certificación del tipo de letra se incluye después del certificado de entrega.

Página de cubierta para todos los escritos [FRAP 9.210(a)(4)]

Incluye lo siguiente, en este orden:

___ 1. Nombre del tribunal de apelaciones en la parte superior de la página (por ejemplo, Tribunal de Apelaciones del Primer Distrito, estado de la Florida)
___ 2. Número de causa en el tribunal de apelaciones (el número de causa para el tribunal inferior también conviene incluirlo).
___ 3. Nombres de las partes y si son apelante o apelado, por ejemplo:            Juana López, Apelante

contra

Juan Pérez, Apelado
___ 4. Título del documento (“Escrito inicial del apelante”, “Escrito de respuesta del apelado” o “Escrito de contestación del apelante”)
___ 5. Nombre del tribunal inferior o corte que asentó la resolución judicial que se apela (por ejemplo, “Apelación del Decimotercer Circuito Judicial, condado de Hillsborough”)
___ 6. Nombre, domicilio y número de teléfono de la parte “pro se” que presenta el escrito

Qué tiene que contener el escrito inicial [FRAP 9.210(b)]

___ 1. Página de cubierta: establece la información tratada precedentemente.
___ 2. Índice de materias: enumera las secciones del escrito, incluidos los encabezados y subtítulos que identifican las cuestiones planteadas en la apelación, con el número de página donde empieza el alegato sobre cada cuestión.
___ 3. Índice de autoridades: enumera las autoridades legales citadas en el escrito con todas las páginas donde cada una es citada, en este orden: (a) las causas se enumeran por orden alfabético con las referencias (citas); (b) leyes; (c) otras autoridades, incluyendo normas de procedimiento.
___ 4. Declaración de la causa y de los hechos: trata los hechos y los antecedentes procesales de la causa; contiene referencias (citas) de la página en el expediente de la apelación, donde puede encontrarse o respaldarse cada hecho tratado, e incluye el tratamiento de lo siguiente: (a) tipo de causa; (b) antecedentes de la causa en el tribunal inferior antes de la apelación; (c) el resultado en el tribunal inferior y (d) los hechos pertinentes a las cuestiones en la apelación.
___ 5. Resumen del alegato: anticipa el alegato en una extensión de 2 o 5 páginas o menos.
___ 6. Criterio de revisión: establece brevemente el criterio de revisión para cada cuestión que se apela (puede ser una sección aparte o puede enunciarse al comienzo de la cuestión de cada alegato, pero tiene que estar incluido en el escrito).
___ 7. Alegato: explica los alegatos legales del apelante para cada encabezado de la cuestión incluida en el índice de materias, con citas o referencias a las autoridades legales que respaldan los alegatos (a menos que el escrito tenga una sección aparte para el criterio de revisión, el criterio de revisión debe enunciarse al comienzo de cada cuestión del alegato).
___ 8. Conclusión: le informa al tribunal de apelaciones qué reparaciones judiciales pretende obtener en la apelación (por ejemplo, revocación, revocación y reenvío para nuevo juicio, etc.).
___ 9. Certificado de entrega: certifica que se entregó (envió) una copia del escrito a la parte contraria (ver más adelante).
___ 10. Certificado de cumplimiento con el tipo de letra: certifica que el escrito cumple con los requisitos sobre el tipo y tamaño de letra.
___ 11. Cuadro de firma: el escrito tiene que estar firmado por la parte que lo presenta.

Qué tiene que contener el escrito de respuesta [FRAP 9.210(c)]

___ 1. Cubierta: como se indicó antes.
___ 2. Índice de materias: enumera las cuestiones presentadas según las expone el apelante en el escrito inicial y los números de página donde comienzan los alegatos para cada cuestión.
___ 3. Índice de autoridades: enumera las autoridades legales citadas con referencias a las páginas para: (a) casos enumerados por orden alfabético con referencias (citas); (b) leyes; (c) otras autoridades, incluyendo las normas de procedimiento.
___ 4. Declaración de la causa y de los hechos: puede omitirse si el apelado está de acuerdo con la declaración del apelante, pero por lo general se incluye para establecer los hechos desde la perspectiva del apelado. Trata los hechos y los antecedentes procesales y contiene citas de las páginas del expediente de la apelación donde puede encontrarse o respaldarse cada hecho.
___ 5. Resumen del alegato: anticipa el alegato en una extensión de 2 a 5 páginas o menos.
___ 6. Criterio de revisión: establece brevemente el criterio de revisión para cada cuestión que se apela (puede ser una sección aparte o puede enunciarse al comienzo de la cuestión de cada alegato, pero tiene que estar incluido en el escrito).
___ 7. Alegato: responde el escrito inicial y explica los alegatos legales del apelado para cada cuestión incluida, con citas o referencias a las autoridades legales que respaldan los alegatos (a menos que el escrito tenga una sección aparte para el criterio de revisión, el criterio de revisión para cada cuestión debe enunciarse al comienzo de cada cuestión del alegato).
___ 8. Conclusión: le informa al tribunal de apelaciones qué desea el apelado que el tribunal haga con la apelación (por ejemplo, ratificar la resolución del tribunal inferior).
___ 9. Certificado de entrega: certifica que se entregó (envió) una copia del escrito a la parte contraria (ver más adelante).
___ 10. Certificado de cumplimiento con el tipo de letra: certifica que el escrito cumple con los requisitos sobre el tipo y tamaño de letra.
___ 11. Cuadro de firma: el escrito tiene que estar firmado por la parte que lo presenta.

Qué debe contener el escrito de contestación [FRAP 9.210(d)]

El escrito de contestación no es obligatorio, pero debe presentarse para contestar al escrito de respuesta. Un escrito de contestación no debe plantear nuevos alegatos ni meramente repetir los alegatos del escrito inicial. Por lo contrario, su propósito es contestar los alegatos presentados en el escrito de respuesta.

___ 1. Cubierta: como se indicó antes.
___ 2. Índice de materias: enumera las cuestiones presentadas según las expone el apelante en el escrito inicial y los números de página donde comienzan los alegatos para cada cuestión.
___ 3. Índice de autoridades: enumera las autoridades legales citadas con referencias a las páginas para: (a) casos enumerados por orden alfabético con referencias (citas); (b) leyes; (c) otras autoridades, incluyendo las normas de procedimiento.
___ 4. Alegato de contestación: contesta los alegatos del escrito de respuesta.
___ 5. Conclusión: le informa al tribunal de apelaciones qué resultado pretende el apelante.
___ 6. Certificado de entrega: certifica que se entregó (envió) una copia del escrito a la parte contraria (ver más adelante).
___ 7. Certificado de cumplimiento con el tipo de letra: certifica que el escrito cumple con los requisitos sobre el tipo y tamaño de letra.
___ 8. El escrito original tiene que estar firmado por la parte que lo presenta.

Presentación y entrega puntuales para todos los escritos [FRAP 9.110(f) y 9.210(f)]

___ La parte interviniente en la apelación tiene que entregar el escrito (enviarlo por correo postal, entrega en mano o por correo electrónico si se permite la entrega electrónica) a la otra parte y presentarlo ante el tribunal dentro de los plazos establecidos por las Normas. El tribunal puede rechazar el escrito si no es presentado a tiempo (véase FRAP 9.410). Si una parte interviniente en la apelación necesita más tiempo para redactar el escrito, tiene que presentar una petición de prórroga del plazo según la Norma FRAP 9.300(a), al menos algunos días laborables antes del vencimiento del plazo para el escrito, solicitando al tribunal un plazo adicional.
___ 1. Escrito inicial del apelante: 70 días a partir de la presentación del aviso de apelación (a menos que el tribunal conceda una petición de prórroga del plazo presentado por el apelante).
___ 2. Escrito de respuesta del apelado: 20 días después de la entrega del escrito inicial del apelante (a menos que el tribunal conceda una petición de prórroga del plazo presentado por el apelado).
___ 3. Escrito de contestación del apelante: 20 días a partir de la entrega del escrito de respuesta del apelado (a menos que el tribunal conceda una petición de prórroga del plazo presentado por el apelante).
___ Entregar (por correo postal, en mano o correo electrónico si se autoriza la entrega electrónica) una copia del escrito para el abogado de cada parte o, si una de las partes no está representada por un abogado, entregar una copia para cada parte que no está representada.
___ Presentar el escrito ante el tribunal de apelaciones el mismo día de entrega (por correo postal, en mano o correo electrónico si se autoriza la presentación electrónica).

La presentación de una copia original en papel del escrito ante el tribunal de apelaciones debe ser suficiente, pero la parte debe comunicarse con la oficina del actuario del tribunal específico (o visitar su sitio web) para averiguar si todavía se exige más de una copia en papel o si existen requisitos adicionales en ese tribunal para la presentación de un escrito.

Las partes “pro se” suelen tener autorización para entregar documentos por correo electrónico si cumplen con ciertos requisitos, los cuales se detallan en la Norma de Administración Judicial de la Florida 2.516. Asimismo, la mayoría de los tribunales ahora permiten (pero no exigen) la presentación electrónica de documentos por las partes “pro se”. Véase la Norma de Administración Judicial de la Florida 2.525(c)-(d). Los requisitos para la presentación electrónica, aun cuando estuviera autorizada, suelen variar según los distintos tribunales. En consecuencia, las partes “pro se” interesadas en las presentaciones electrónicas deben consultar en la página web o en la oficina del actuario del tribunal determinado, para averiguar si se permite la presentación electrónica y, de ser así, los requisitos para efectuarla y para hacer la entrega por correo electrónico. Véanse también las Normas de Administración Judicial de la Florida 2.516 y 2.525(c)-(d). A menos que esté autorizado efectuar la presentación electrónica y la entrega por correo electrónico, un escrito normalmente tiene que ser presentado por correo postal o entrega en mano al tribunal y tiene que entregarse por correo postal o en mano a la parte contraria.

 

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